Es objeto la adjudicación de tres ayudas, gestionadas por el Servicio de Estudios y Publicaciones del Instituto Vasco de Administración Pública, para la realización de investigaciones sobre temas relacionados con la Administración Pública, el Derecho Público o la Ciencia de la Administración.
de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se convoca concurso de méritos para la adjudicación de tres ayudas destinadas al fomento de la investigación sobre temas relacionados con la Administración Pública, el Derecho Público o la Ciencia de la Administración, en el periodo 2012-2013.
Las solicitudes para la obtención de estas ayudas deberán presentarse ante el Instituto Vasco de Administración Pública, en cualquiera de las siguientes direcciones:
a) Donostia, 1. 01010 VITORIA-GASTEIZ
b) Alameda de Recalde, 18. 48009 BILBAO
c) San Bartolomé, 28. 20007 DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
d) Universidad, s/n. 20560 OÑATI. (GIPUZKOA)
El horario de atención al público es de 08:30 a 14:00, de lunes a viernes.
Asimismo, las solicitudes podrán presentarse, en las Oficinas de Atención Ciudadana, Delegaciones Territoriales u otras entidades colaboradoras del Gobierno Vasco, o en cualquiera de las formas indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Zuzenean - Atención Ciudadana
Las solicitudes para la obtención de estas ayudas deberán presentarse ante el Instituto Vasco de Administración Pública, en cualquiera de las siguientes direcciones:
a) Donostia, 1. 01010 VITORIA-GASTEIZ
b) Alameda de Recalde, 18. 48009 BILBAO
c) San Bartolomé, 28. 20007 DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
d) Universidad, s/n. 20560 OÑATI. (GIPUZKOA)
El horario de atención al público es de 08:30 a 14:00, de lunes a viernes.
Asimismo, las solicitudes podrán presentarse, en las Oficinas de Atención Ciudadana, Delegaciones Territoriales u otras entidades colaboradoras del Gobierno Vasco, o en cualquiera de las formas indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Zuzenean - Atención Ciudadana
Las solicitudes para la obtención de estas ayudas deberán presentarse ante el Instituto Vasco de Administración Pública, en cualquiera de las siguientes direcciones:
a) Donostia, 1. 01010 VITORIA-GASTEIZ
b) Alameda de Recalde, 18. 48009 BILBAO
c) San Bartolomé, 28. 20007 DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
d) Universidad, s/n. 20560 OÑATI. (GIPUZKOA)
El horario de atención al público es de 08:30 a 14:00, de lunes a viernes.
Asimismo, las solicitudes podrán presentarse, en las Oficinas de Atención Ciudadana, Delegaciones Territoriales u otras entidades colaboradoras del Gobierno Vasco, o en cualquiera de las formas indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Zuzenean - Atención Ciudadana
Es objeto la adjudicación de tres ayudas, gestionadas por el Servicio de Estudios y Publicaciones del Instituto Vasco de Administración Pública, para la realización de investigaciones sobre temas relacionados con la Administración Pública, el Derecho Público o la Ciencia de la Administración.
Sólo podrán presentarse personas individuales en posesión de titulación universitaria de carácter superior.
Para concurrir a esta convocatoria será necesario cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de persona física, y concurrir a título individual.
b) Tener vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con antigüedad, al menos, desde el 1 de enero de 2011.
c) Estar en posesión de titulación universitaria de carácter superior.
No podrán concurrir a la presente convocatoria:
a) Las personas físicas incursas en prohibición al efecto, o en sanción administrativa o penal que conlleve la imposibilidad de obtención de subvención o ayuda pública, incluida la introducida por la Ley 4/2005 de 18 de febrero de 2005, para la igualdad de mujeres y hombres.
b) Quienes hayan disfrutado de una de estas ayudas, o de una de las becas de investigación para un equipo investigador de la Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos, en los últimos tres años.
Asimismo, estas ayudas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra ayuda o subvención pública o privada con destino a la misma actividad.
15.000 euros
Cada ayuda contará con una dotación de cinco mil (5.000) euros, que se harán efectivos en dos pagos.
A fin de posibilitar el desarrollo de la actividad investigadora, se procederá a realizar un primer pago, de mil quinientos (1.500) euros, a la aceptación de la ayuda.
El segundo pago de la ayuda tiene una cuantía máxima de tres mil quinientos (3.500) euros. El importe concreto del segundo pago atenderá a la calificación obtenida por las monografías de investigación en el análisis que de las mismas realice la Comisión de Selección.
El formulario de solicitud es un documento rellenable que la persona interesada puede rellenar, imprimir y entregar en los lugares de presentación especificados.
El modelo de curriculum es un documento rellenable, que la persona interesada puede rellenar, imprimir y entregar en los lugares de presentación especificados.
Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:
a) "Curriculum vitae", que constará de los siguientes apartados:
- Datos personales
- Formación académica
- Experiencia laboral
- Trabajos y publicaciones científicas realizadas
- Idiomas
b) Una memoria detallada, de extensión no superior a 10 páginas, en la que se concrete el tema sobre el que versará la investigación que se propone, y las líneas generales del proyecto de investigación, así como la metodología que se seguiría para llevarla a cabo durante el período de disfrute de la ayuda.
c) Título universitario y expediente académico relativo al mismo.
d) Certificado de empadronamiento, en el que conste la vecindad administrativa en algún municipio de la Comunidad Autónoma con antigüedad, al menos, desde el 1 de enero de 2011.
Los méritos que se aleguen deberán justificarse debidamente, para poder ser computados. No tendrán valor alguno las alegaciones de méritos que no se acompañen de justificación documental, ni las certificaciones de méritos aportadas con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.
El formulario de solicitud enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello, le pedirá que se identifique con un certificado electrónico: DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano.
Junto al formulario de solicitud debe aportar documentación específica, tal y como se señala en Instrucciones para la aportación de documentación. Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de iniciar la tramitación y guardarla en su ordenador.
Seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.