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Fecha de publicación: 25/06/2008
El Pleno del Parlamento Vasco aprueba el proyecto de ley de segunda modificación de la Ley de la Actividad Comercial
El Pleno del Parlamento Vasco ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de segunda modificación de la Ley de la Actividad Comercial, con los votos a favor del tripartito y el Partido Popular.

El principal motivo de la modificación de la legislación vigente es la Directiva Europea de Servicios que debe trasponerse antes del 28 de diciembre de 2009, fecha en la que todas las instituciones de los países europeos competentes en la materia deberán tener sus normativas adaptadas a la Directiva.

El proceso de adaptación a la Directiva comunitaria, afecta directamente a la regulación de la segunda licencia comercial para los grandes establecimientos. Dentro de las estrictas limitaciones de la normativa europea, la regulación del Plan Territorial Sectorial ha de ser complementada por los Planes Urbanísticos que permitan el desarrollo del comercio urbano, en el que convivan grandes y pequeños.

Con la entrada en vigor de la Directiva Europea, los ayuntamientos tendrán plenas competencias para conceder una única licencia comercial, en base a que el uso comercial sea considerado como un uso específico en el planeamiento urbano. Es decir, a partir de 2010, serán los Ayuntamientos los que concedan licencia en un único trámite y teniendo en cuenta la importancia del comercio en la vida urbana, a través del Plan General de cada municipio, tras la adaptación de sus respectivos Planeamientos Urbanísticos Municipales.

En relación a la licencia comercial, el texto aprobado hoy por el Parlamento Vasco recoge:

1.- Que con carácter previo a la concesión de la licencia de actividad municipal, el ayuntamiento solicitará al órgano competente en materia de comercio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la emisión de un informe sobre la adecuación de la actividad proyectada a los criterios establecidos en el Plan Territorial Sectorial relativo a los equipamientos comerciales.

2.- Que en la reforma de las estructuras comerciales, el Gobierno Vasco potenciará la colaboración con los ayuntamientos que posean Planes Municipales de Orientación Comercial destinados a la modernización del comercio local. Para ello, se pone a disposición de los ayuntamientos la posibilidad de aprobar Programas de Orientación Comercial de manera que, contando con su ayuda y financiación, se impulse la creación de estructuras de colaboración público-privadas para favorecer el desarrollo de estrategias zonales en entornos urbanos.

3.- Para dotar de mayor nivel de interlocución al sector comercial, los planes serán aprobados por los respectivos ayuntamientos, previo informe del Consejo Asesor de Planeamiento Municipal y del Consejo Sectorial de Comercio u órgano similar, en los que participarán las asociaciones de comerciantes.

4.- Para todo esto, el Gobierno Vasco adoptará las medidas necesarias para impulsar, en un plazo de 8 años, un Plan de Adaptación del Comercio Minorista al nuevo marco, que sitúe al sector en niveles de competitividad equivalentes a las empresas de los países con los que comparte el mercado interior de la Unión Europea, que será cuantificado económicamente y tendrá su reflejo correspondiente, con la dotación suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

5.- El vigente Plan Territorial Sectoral relativo a los equipamientos comerciales de Euskadi deberá ser sometido a revisión en un plazo máximo de un año a partir de la aprobación de la presente Ley; y, en cualquier caso, antes del 28 de diciembre de 2009.

Además, la nueva ley de actividad comercial contempla la regulación de los horarios comerciales, la actualización de las infracciones y sanciones, la supresión de la necesidad de autorización para la organización o celebración de certámenes oficiales y los programas de orientación comercial.

En la presentación del proyecto de ley en el pleno del Parlamento Vasco, la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, Ana Agirre, ha señalado que las aportaciones realizadas tanto por el sector de comercio como por los grupos parlamentarios han sido enriquecedoras, lo que ha favorecido la mejora del texto final. La Consejera ha afirmado que estas modificaciones se realizan con el objetivo principal de que el comercio urbano continúe siendo un elemento básico de nuestro modelo de vida social, animador de ciudad insustituíble, impulsor de las economías locales, favorecedor de las relaciones sociales y potenciador de la vida ciudadana.

Vitoria-Gasteiz 2008-06-25